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Causa Próxima

 

En esta oportunidad quiero comentarte del término que abarcar “la causa próxima”, quizá lo has escuchado en algún momento y te has preguntado que podría significar.
Por lo que a continuación te ampliare sobre este enunciado.
Realmente en nuestro mercado asegurador es un término que hemos escuchado, que hemos puesto en práctica y que definitivamente puede ayudarnos para poder determinar si puede existir la cobertura o bien la negatoria del mismo.

Nos referimos a causa próxima a la causa inmediata o directa de un evento o resultado y a continuación veremos cómo se desglosa y se amplía este enunciado.


El diccionario de la fundación Mapfre nos define la causa próxima: Se da este nombre a la causa más directa e inmediata de la pérdida o daño producido.

Partiendo de esta definición quiero darte un ejemplo:

El conductor del “Automóvil A” se pasa un semáforo en rojo y choca contra el “Automóvil B”, que tenía una luz verde, lo que causa lesiones al conductor del Automóvil B, el conductor del Automóvil A tenía el deber de no pasarse el semáforo en rojo y suponiendo que no existieran circunstancias que justificaran pasarse el semáforo en rojo, sus acciones al hacerlo causaron lesiones directas (y por lo tanto es la causa próxima o directa) al conductor del automóvil B.

por lo que podemos decir que existen distintas causas por las que puede darse un siniestro, de hecho, puede darse el caso de que el siniestro se haya producido por una o por varias causas, o que solo una haya sido la causa final determinante del daño. Así, un grupo de sucesos pueden haber ocasionado un siniestro, pero cabe la opción de que el suceso que pueda ser declarado causa final del siniestro sucedido no se encuentre entre aquellos amparados por un seguro. Asimismo, cabe también la opción de que, aunque un evento haya precedido a un siniestro, dicho evento no tiene por qué ser la causa final del siniestro. 

Por lo que te agradezco me hayas acompañado en este blog que es para ti.

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